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02/01/2017

Paradoja

“Agradar cuando se recaudan impuestos y ser sabio cuando se ama
son virtudes que no han sido concedidas a los hombres”
Edmund Burke

Y aquí estamos, iniciando el 2017, pagando la misma tenencia que el año anterior, por una falta de previsión y proyección de nuestras autoridades que, incumpliendo su promesa, no se dieron cuenta a tiempo de que sus cuentas no saldrían, aunque viéndolo bien también es necesario aceptar que no tenían ni remota idea del impacto del gasolinazo y la paridad del dólar.

Lo paradójico del caso es que la tenencia nació como un apoyo de los contribuyentes a nivel federal para impulsar la creación de infraestructura carretera y resulta que es en lo que menos se utiliza.

Desde hace años me he tragado el cuento de que el gravamen surgió para financiar la realización de las Olimpíadas de 1968, pero investigando un poco me he llevado una sorpresa.

El impuesto sobre la tenencia y uso de vehículos no fue creado para financiar las Olimpiadas de 1968. De hecho, la primera vez que apareció este impuesto en México fue en la Ley de Ingresos de la Federación de 1962 que se publicó en diciembre de 1961. Posteriormente, el 14 de diciembre de 1962, el Presidente Adolfo López Mateos presentó a la Cámara de Diputados la iniciativa de Ley del Impuesto sobre Tenencia y uso de Vehículos la cual fue aprobada y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 1962.

¿Cómo podría haberse creado este impuesto en 1961 para financiar las Olimpiadas de 1968 cuándo México no presentó su candidatura al Comité Olímpico Internacional (COI) sino hasta diciembre de 1962? Más aún, la aprobación de la Ciudad de México como sede de los Juegos Olímpicos no ocurrió sino hasta octubre de 1963, cuando tuvo lugar la 60ª reunión del COI en la ciudad de Baden-Baden en Alemania.

Mucho se ha dicho que la tenencia era un impuesto temporal, pero eso no es cierto. Desde su creación fue ideado como un gravamen anual; esta es su redacción en la iniciativa de Ley de Ingresos de 1962: “Se prevé la aplicación de un impuesto especial sobre la tenencia y uso de automóviles, que se aplicará anualmente; será de carácter variable, de acuerdo con la edad de los vehículos -a mayor antigüedad menor impuesto- y se causará en el momento de efectuar el canje de placas. La razón del impuesto es, como en el caso de todo gravamen, la de contribuir al gasto público, que en el caso de la expansión de carreteras, autopistas, vías, etc., requieren de recursos cada vez más cuantiosos y a cuya contribución los ingresos que se obtienen actualmente, por su disfrute, no guardan relación con el beneficio recibido, máxime si se considera que son gentes de recursos las que pueden hacer uso de las mismas”.

Lo paradójico es que si se siguiese el espíritu que dio origen a la ley, lo lógico sería que la mayor parte del impuesto estuviese destinado a la infraestructura vial, ahora en el Estado y los Municipios, pero estamos plagados de baches y con calles y avenidas colapsadas por la incapacidad.

Así de ilógica, paradójica y en cierto modo insultante es nuestra tenencia, pero la tenemos y hay que pagarla.

ftijerin@rtvnews.com